Explicada por abogados
Abogadas responden la clásica pregunta de Marzo: ¿Hasta dónde los colegios pueden exigir uniformes y útiles?
Los precios de vestuario tuvieron un respiro en enero, no así los uniformes escolares que lideraron el IPC con un 17%. ¿Hasta dónde son legales las exigencias de vestuario y útiles por parte de los colegios? Dos abogadas expertas de Sostiene lo explican.Las vacaciones ya terminaron y se anticipa un marzo complejo, considerando la inesperada alza de 0,8% que tuvo el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de enero. Como es habitual, los uniformes escolares lideraron las alzas, con un 17%, además de distintos útiles que destacan en las listas que muchos establecimientos exigen.
Carolina Carrillo, abogada y socia fundadora de Sostiene, consultora especializada en otorgar asesoría integral a sostenedores de establecimientos educacionales, explica que “cada colegio puede señalar como obligatorio el uso del uniforme. Pero debe estar claramente especificado en el Reglamento de Convivencia Escolar y la obligatoriedad debe ser comunicada a más tardar en marzo. Pero su uso es exigible solo 120 días después de la notificación”.
La experta agrega que el establecimiento tampoco puede exigir la adquisición del uniforme en una tienda o proveedor específicos, ni marcas. Por lo tanto, la familia puede escoger el lugar que más se ajuste a su presupuesto.
Situaciones especiales e incendios
Independiente de lo anterior, Carolina Carrillo explica que ningún colegio en Chile puede prohibir el ingreso o la permanencia de un estudiante que no cumpla con las normas del uniforme escolar. Tampoco puede ser privado de actividades escolares, incluyendo actos o licenciaturas, ni poner una nota o calificación por el uso de este.
La migración, cada vez más común en Chile, también está contemplada en el uso del uniforme, ya que cualquier estudiante migrante que se incorpore al sistema escolar ya sea en marzo o posteriormente, no tiene obligación de usar la vestimenta que define el establecimiento, al menos durante el primer año.
También existen consideraciones especiales para estudiantes transgénero, que tienen derecho a usar el uniforme que consideren más adecuado a su identidad, sin que el establecimiento ponga obstáculos en ese sentido. Además, las estudiantes embarazadas tienen derecho a adaptarlo, dependiendo de sus necesidades.
Las excepciones anteriores también aplican en otras situaciones, como los incendios que han afectado la zona centro y sur del país, y en que se ha decretado Estado de Catástrofe. En esos casos, el director de un establecimiento puede eximir a los estudiantes por un determinado tiempo al uso total o parcial del uniforme.
Pueden los colegios exigir la lista de útiles
Otro aspecto que suele generar controversias en esta época es la lista de útiles escolares que solicita cada establecimiento. En ese sentido, Pamela Docmac, socia fundadora de Sostiene, agrega que “en este caso el colegio tampoco puede solicitar que los útiles sean adquiridos en un lugar determinado, o que sean de una marca específica, excepto por razones estrictamente pedagógicas o sanitarias, que deben ser necesariamente acreditadas por el establecimiento”.
Otro aspecto a tener en cuenta en las listas es que en ningún caso pueden incluir materiales de oficina o de aseo, que deben ser proporcionados por el mismo colegio, ya que son propios de su normal funcionamiento.
Pamela Docmac también explica que “si un estudiante no se presenta con útiles escolares, no puede ser sancionado, ni menos ver afectado su derecho a la educación”.
¿Qué ocurre con los textos?
Otra situación compleja para los bolsillos de muchos apoderados en febrero proviene de la lista de textos exigidos por los colegios, y el panorama cambia según el tipo de establecimiento.
Carolina Carrillo comenta que “los colegios municipales o particulares subvencionados tienen derecho a recibir los textos distribuidos gratuitamente por el Ministerio de Educación, y en el caso de textos complementarios, como libros de lecturas, deben ser proporcionados gratuitamente por el establecimiento, cuando el estudiante no los pueda adquirir”.
Esto cambia en los particulares pagados, en que se opta por lograr un consenso. En esos casos, la Superintendencia de Educación sugiere crear un “informe que fundamente la elección de textos escolares”, para que los padres y apoderados puedan revisar precios y el enfoque educativo de cada uno de estos.
En un año especialmente complejo, es importante tener en cuenta los límites exigibles por los colegios, en temas que implican un esfuerzo económico para las familias.