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Atención adultos mayores: descuento en el pago de las contribuciones para quienes no tengan bienes r

El beneficio permitirá a los adultos mayores acceder a descuentos en el pago de contribuciones, siempre que cumplan con las condiciones fijadas por el Servicio de Impuestos Internos.
lunes, 22 de septiembre de 2025 · 21:05

El Servicio de Impuestos Internos confirmó la vigencia de un beneficio que busca aliviar el bolsillo de los adultos mayores con ingresos limitados. Se trata de una rebaja en el pago de contribuciones aplicable a quienes posean propiedades con destino habitacional, siempre que estas no correspondan a terrenos agrícolas y cumplan con las condiciones establecidas en la normativa.

Atención adultos mayores: descuento en el pago de las contribuciones 

La medida contempla una rebaja sobre el Impuesto Territorial que recae en inmuebles habitacionales. En la práctica, los adultos mayores que califican podrán acceder a una disminución de las dos últimas cuotas del segundo semestre y de las dos primeras del semestre siguiente. El descuento puede alcanzar hasta el 100% o el 50% del valor, según los ingresos anuales declarados por la persona beneficiada.

El beneficio se calcula en función de los ingresos tributarios de cada postulante. Quienes no superen las 13,5 Unidades Tributarias Anuales (UTA) acceden a un descuento total sobre las contribuciones de su vivienda. En cambio, los adultos mayores que registren entre 13,5 y 30 UTA podrán optar a una rebaja del 50%. Estas escalas buscan diferenciar entre distintos niveles de ingresos y asegurar un alivio real a quienes enfrentan mayores dificultades económicas.

Adultos mayores. Fuente: Shutterstock.

Requisitos que deben cumplir los adultos mayores

  • Los criterios para acceder a este beneficio son claros y específicos:
  • Tener cumplidos 60 años si es mujer o 65 años si es hombre al 31 de diciembre del año anterior.
  • Que el inmueble esté inscrito a nombre del contribuyente, su cónyuge, conviviente civil o hijos herederos del cónyuge fallecido.
  • Que la propiedad esté destinada a la habitación y no tenga carácter agrícola.
  • Que el avalúo fiscal del inmueble no supere los $215.857.004 al 1 de julio de 2024.
Adultos mayores. Fuente: Shutterstock.

El trámite requiere que el inmueble esté debidamente registrado en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente al 31 de diciembre del año anterior a la aplicación de la rebaja. Esto significa que los adultos mayores deben verificar la titularidad de su propiedad y asegurarse de que la inscripción coincida con lo exigido por la normativa.