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Fondos de Cesantía: cómo obtener este dinero en Chile con solo 5 documentos
Revis qué documentación debes presentar para acceder a este fondo.En Chile, las personas que quedan sin trabajo pueden acceder a una ayuda económica proporcionada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Este apoyo se obtiene a partir del monto acumulado en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC). El Seguro de Cesantía es un mecanismo crucial para brindar seguridad económica a los trabajadores que, por diversos motivos, se ven en la necesidad de dejar sus empleos.
Para acceder a estos fondos, es esencial que el trabajador se encuentre sin empleo, ya que se debe acreditar esta situación mediante la presentación de ciertos documentos. Este requisito asegura que los recursos del Seguro de Cesantía sean utilizados por quienes realmente lo necesitan durante períodos de desempleo. La AFC gestiona y administra estos fondos, garantizando un procedimiento claro y transparente para los solicitantes.
Los documentos necesarios para realizar el retiro del dinero acumulado en el Seguro de Cesantía son sencillos y accesibles. Primero, es indispensable contar con la cédula de identidad vigente. También se requiere la última liquidación de pago de pensión y el certificado de resolución de pensión emitido por la respectiva AFP, IPS o Cajas de Previsión, indicando la fecha de inicio y el tipo de pensión. En casos aplicables, se debe presentar el certificado de invalidez total o invalidez parcial definitiva. Para quienes tengan pensión de vejez anticipada con rebaja de años por trabajo pesado, es necesario el documento que acredite dicha rebaja.
Sin embargo, no todos los pensionados pueden retirar el dinero acumulado en sus fondos de la AFC. Existen ciertas condiciones que excluyen a algunos grupos. Por ejemplo, los pensionados con invalidez total por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales pagadas por la Mutual de Seguridad, la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) y el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) no pueden acceder a estos fondos. Tampoco pueden hacerlo aquellos que reciben pensiones de gracia, de reparación, de exonerados políticos, víctimas de comisiones Rettig y Valech, y de viudez, así como pensiones preliminares y de invalidez parcial definitiva con saldo retenido.
A pesar de estas exclusiones, es importante destacar que los trabajadores y trabajadoras cesantes afiliados al Seguro de Cesantía pueden acceder a los beneficios correspondientes siempre y cuando no tengan alguna de las pensiones mencionadas anteriormente. Esto asegura que el sistema sea justo y que los fondos sean destinados a quienes realmente los necesitan durante períodos de desempleo.