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Bono de $889,000: cómo recibir este subsidio del IPS con solo 5 requisitos

La Asignación por Muerte es un importante apoyo económico que puede aliviar la carga financiera en momentos difíciles.
miércoles, 17 de julio de 2024 · 17:00

En Chile, el Instituto de Previsión Social (IPS) ha implementado una serie de beneficios económicos para apoyar a las personas en diversas situaciones. Uno de estos beneficios es la Asignación por Muerte, un subsidio que otorga un monto de $889,533 para ayudar con los gastos funerarios. A continuación, la explicación de cómo puedes solicitar este bono y cuáles son los requisitos que debes cumplir para acceder a él.

El bono

Para solicitar la Asignación por Muerte, tanto la persona familiar del fallecido como la funeraria encargada pueden realizar el trámite a través del sitio web del IPS. El proceso es bastante sencillo y se realiza en línea, siguiendo algunos pasos específicos. Si eres un familiar, debes ingresar el RUT del solicitante, seleccionar la opción "Asignación por Muerte", y luego proporcionar el RUT del fallecido. Después, deberás acceder con tu Clave Única y completar los datos requeridos, incluyendo la documentación necesaria, como la factura original de la funeraria y el certificado de sepultación si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento, así puedes conseguir el bono.

Por otro lado, si el trámite para acceder al bono lo realiza una funeraria, el representante de la empresa debe ingresar su RUN, seleccionar la empresa funeraria, y luego pulsar en "Solicitud de asignación por muerte". A continuación, debe proporcionar el RUT del fallecido y completar los datos requeridos, adjuntando la factura original, una copia de la cédula de identidad de la persona beneficiaria y la cesión de derecho.

Fallecimiento. Fuente:
Pexels / cottonbro studio.

Para recibir este bono, es necesario cumplir con una serie de requisitos. El primero es que quien reciba el beneficio debe ser la persona natural o jurídica encargada de los gastos funerarios del fallecido. Además, la persona fallecida no debe estar afiliada al sistema del Decreto Ley (DL) Nº 3.500 a la fecha de su deceso. El fallecido debe cumplir con al menos una de las siguientes condiciones: ser beneficiario de la pensión básica solidaria de vejez, haber tenido cotizaciones en alguna de las ex cajas de previsión, haber sido beneficiario de un subsidio por incapacidad laboral, o haber sido pensionado de una de las ex cajas de previsión y leyes especiales.

Bono. Fuente:
Pexels / Jonathan Borba.

Además, es importante destacar que este bono es completamente gratuito y está diseñado para apoyar a las familias en uno de los momentos más difíciles de sus vidas. El IPS busca con esta medida no solo proporcionar un apoyo económico, sino también acompañar a las personas en el proceso de duelo, ofreciendo un respiro en cuanto a los gastos funerarios.

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