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Qué pasa si no puedo llegar a trabajar por las lluvias, según la Dirección de Trabajo de Chile
¿Sabías que la normativa vigente protege a los trabajadores frente a situaciones climáticas extremas?La Dirección del Trabajo de Chile ha aclarado que, debido al frente de mal tiempo que afecta a diversas zonas del país, los empleadores no pueden despedir ni descontar el sueldo a los trabajadores que no puedan llegar a sus lugares de trabajo o lleguen con retraso. Esta medida se basa en el concepto de fuerza mayor, contemplado en el Código del Trabajo y el Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que protege a los empleados en situaciones imprevisibles e irresistibles.
Además de la lluvia, si los centros de trabajo se ven afectados por la interrupción del suministro de agua potable o cortes de energía eléctrica que impidan condiciones seguras de trabajo, estos no pueden seguir operando hasta que el servicio sea restablecido. En estos casos, los empleadores deben notificar a la Inspección del Trabajo correspondiente. Para los empleados, la imposibilidad de asistir al trabajo debido a las consecuencias del mal tiempo se considera un caso fortuito o de fuerza mayor, lo cual exime de sanciones como despido o descuentos salariales.
La Dirección del Trabajo también ha indicado que los trabajadores que lleguen atrasados debido a problemas de transporte público no deberían ser sancionados. Asimismo, en situaciones excepcionales como un Estado de Catástrofe, los empleadores están obligados a ofrecer teletrabajo a aquellos trabajadores que tengan a su cargo niños en etapa preescolar, siempre que las funciones lo permitan, según el artículo 206 bis del Código del Trabajo.
El Código del Trabajo también estipula que los empleadores deben proporcionar equipos de protección personal a los empleados que trabajen expuestos a la lluvia o al frío. Estos equipos incluyen ropa impermeable, zapatos de seguridad y otros elementos necesarios para garantizar la salud y seguridad del trabajador. Los empleadores que no cumplan con estas obligaciones pueden enfrentar multas de hasta 60 Unidades Tributarias Mensuales, equivalentes a $3.946.200 en junio de 2024.
La Dirección del Trabajo ha instado tanto a empleadores como a trabajadores a estar bien informados sobre sus derechos y deberes. Además, se recomienda a los usuarios realizar trámites en línea a través del Sistema Único de Atención Ciudadana para evitar desplazamientos innecesarios en condiciones climáticas adversas.