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Bono de $889,000: quiénes pueden recibir esta ayuda económica del IPS en Chile

Las personas interesadas en solicitar este beneficio pueden hacerlo hasta el 24 de mayo.
sábado, 18 de mayo de 2024 · 20:30

En Chile, cuando una persona fallece, el Estado ofrece una ayuda económica a través del Instituto de Previsión Social (IPS) para cubrir los gastos funerarios. Este beneficio, conocido como Asignación por Muerte, otorga un monto total de $889,533. Este apoyo está destinado a aliviar la carga financiera de las familias durante un momento difícil.

Para ser elegible a este bono, es fundamental que la persona fallecida haya estado pensionada bajo el antiguo sistema previsional, o sea beneficiaria del Pilar Solidario o de la Pensión Garantizada Universal (PGU). Esta medida asegura que los grupos más vulnerables puedan recibir el apoyo necesario para enfrentar los costos asociados con un funeral.

Bono de $889,000 | Fuente: iStock

El proceso para solicitar este bono puede realizarse tanto de manera presencial como online. Si prefieres hacer el trámite presencialmente, debes dirigirte a una sucursal de Chile Atiende y presentar todos los documentos necesarios. Entre ellos se incluyen la factura original de la empresa funeraria, un certificado de sepultación si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento, una copia de la cédula de identidad del beneficiario y la cesión de derechos.

Bono de $889,000 | Fuente: iStock

Para quienes opten por la vía online, deben ingresar a la página web habilitada por Chile Atiende, seleccionar la opción correspondiente y llenar el formulario con el RUT y los datos del causante y beneficiario del bono. Es imprescindible tener la Clave Única para completar el proceso en línea. Además, se debe adjuntar la documentación requerida de manera digital.

Los documentos necesarios para solicitar la Asignación por Muerte incluyen:

  • Clave Única (si el trámite es en línea).
  • Factura original de la empresa funeraria.
  • Certificado de sepultación (si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento).
  • Copia de la cédula de identidad del beneficiario.
  • Cesión de derecho.

Los requisitos para acceder a la Asignación por Muerte son los siguientes:

  • No tener afiliación al Decreto Ley (DL) N° 3.500 en la fecha del fallecimiento.
  • Haber sido beneficiario/a de la ex Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) antes del 1 de febrero de 2022.
  • Tener al menos una cotización en alguna de las ex cajas de previsión en los últimos seis meses previos al fallecimiento.
  • Ser beneficiario/a de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de la pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP (DL N° 3.500).
  • Ser beneficiario/a de un Subsidio de Incapacidad Laboral (SIL), Subsidio de Cesantía o Subsidio de Discapacidad.
  • Haber sido pensionado/a de las ex cajas de previsión y leyes especiales.