Ley

La lista completa de vehículos que no estarán obligados a grabar la patente en vidrios y espejos

Revisa quiénes no deben aplicar esta nueva normativa.
viernes, 15 de marzo de 2024 · 12:15

El Gobierno chileno ha establecido un reglamento que determina los requisitos y plazos para el grabado de patentes en espejos y vidrios de vehículos en el país. Sin embargo, existen ciertos automóviles que no estarán obligados a implementar esta medida, lo que genera interés entre los propietarios de estos vehículos.

Esta normativa, que busca prevenir el robo de vehículos, fue publicada en septiembre pasado, pero el plazo para su exigencia estaba supeditado a la publicación del reglamento correspondiente. Ahora, con la entrega del reglamento por parte del Ministerio de Transportes a la Contraloría General de la República, se espera que los vehículos usados tengan 12 meses para realizar el grabado de la patente, mientras que los vehículos nuevos tendrán un plazo de 4 meses.

Grabar patente en vidrios | Fuente: Unsplash

El reglamento detalla las dimensiones y ubicaciones específicas en las que deben grabarse las letras y números de las placas patentes. Además, establece una lista de vehículos exentos de realizar este trámite. En primer lugar, aquellos vehículos que ya tenían grabada la patente con anterioridad quedarán exentos, siempre que el grabado existente permita la correcta identificación de cada dígito y letra.

Grabar patente en vidrios | Fuente: Unsplash

Asimismo, no estarán obligados a grabar la placa de identificación automotriz los vehículos extranjeros en tránsito temporal o con patente extranjera, los vehículos nuevos con peso bruto igual o superior a 3.860 kilogramos destinados únicamente para traslado a dependencias del comercializador, y los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile destinados exclusivamente a uso militar o policial.

Por último, se exime del grabado de patentes a los automóviles considerados como antiguos o históricos, según lo dispuesto en la Ley de Tránsito. Esto incluye a aquellos vehículos que cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 218, 219 y 220 del título XIX de la mencionada ley.