Ley de 40 Horas
Anota la fecha límite en que será obligatorio trabajar una hora menos por semana
Las empresas se deben adaptar a esta nueva regulación para evitar sanciones y garantizar el cumplimiento de la ley.La esperada Ley de 40 Horas está a punto de entrar en vigencia, marcando un hito importante para miles de trabajadores que verán reducida su jornada laboral en una hora semanal. Esta medida, destinada a proporcionar más tiempo para actividades familiares y personales, entrará en funcionamiento a partir del viernes 26 de abril de 2024.
La obligación de reducir la jornada laboral a 44 horas semanales comenzará el mencionado viernes de abril. Sin embargo, es esencial tener en cuenta las excepciones. La ley aplicará a todos los trabajadores con contrato, excluyendo a aquellos que trabajen con boletas a honorarios y a los que desempeñen roles de gerentes, administradores y apoderados con facultades de administración.
La transición hacia las 40 horas semanales será gradual, con un plazo máximo de 5 años para su completa implementación. En el primer año, a partir de abril de 2024, la jornada laboral se reducirá de 45 a 44 horas semanales. Luego, en el tercer año, en abril de 2026, disminuirá a 42 horas semanales. Finalmente, después de cinco años, en abril de 2028, alcanzará las ansiadas 40 horas semanales.
Para ilustrar este proceso, consideremos el caso de una persona que actualmente trabaja de 8 a 18 horas con colación no imputable. En el primer año de implementación, esta persona saldrá del trabajo a las 17 horas los viernes. En el tercer año, lo hará dos días a la semana, y finalmente, en el quinto año, todos los días a las 17 horas. Este modelo de implementación de la Ley de 40 horas se ajusta para los trabajadores de tiendas con horarios de colación imputables, saliendo a las 16 horas.
Aquellas empresas que no cumplan con la reducción de la jornada laboral establecida por la Ley de 40 Horas estarán sujetas a consecuencias legales. Los empleadores que violen esta normativa podrán ser denunciados presentando un reclamo a la Inspección del Trabajo correspondiente o interponiendo una demanda directa ante los Tribunales del Trabajo.