Elecciones

Si tienes algunas de estas 7 razones, puedes rechazar ser vocal de mesa entre el 7 y el 9 de octubre

El Servicio Electoral anunció con qué motivos se pueden excusar los convocados.
lunes, 7 de octubre de 2024 · 19:30

Con las elecciones del 26 y 27 de octubre a la vuelta de la esquina, los ciudadanos tendrán la responsabilidad de elegir a sus nuevas autoridades locales, incluyendo gobernadores, alcaldes y concejales. Para que este proceso se lleve a cabo de manera efectiva, se han designado 200.070 vocales de mesa, quienes desempeñarán un rol fundamental durante las votaciones. Sin embargo, algunos de estos vocales podrían no estar en condiciones de cumplir con esta obligación, por lo que el Servicio Electoral ha establecido un período de excusas que se extiende del 7 al 9 de octubre.

Durante este plazo, quienes hayan sido designados como vocales de mesa y no puedan cumplir con su deber tienen la posibilidad de presentar sus excusas. Esta opción es crucial para evitar sanciones que pueden resultar en multas significativas. Las multas varían entre 2 y 8 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que equivale a sumas que oscilan entre $132.000 y $531.000, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Existen razones específicas contempladas por la ley que permiten a los ciudadanos excusarse de esta obligación sin enfrentar consecuencias. Una de las más comunes es la residencia a más de 300 kilómetros del lugar de votación o la ausencia del país durante las elecciones, lo que dificulta su participación como vocal de mesa. Asimismo, las personas mayores de 70 años también tienen derecho a excusarse.

Otro motivo válido para rechazar el cargo de vocal de mesa es tener una incapacidad física o mental que impida desempeñar las funciones asociadas. Este criterio también se extiende a quienes trabajen en hospitales el día de las elecciones, lo que garantiza que aquellos que se dediquen a labores esenciales de salud puedan enfocarse en sus responsabilidades laborales.

Las mujeres embarazadas y los padres o madres con hijos menores de dos años, cuyo otro progenitor no esté disponible para el cuidado, también pueden excusarse de ser vocales de mesa. Además, quienes se encargan del cuidado de personas dependientes, como adultos mayores o personas con discapacidad, tienen derecho a presentar una excusa si cuentan con la documentación necesaria que avale su situación. Este último grupo de cuidadores puede obtener una credencial especial descargable desde el Registro Social de Hogares, que les permitirá justificar su ausencia ante la Junta Electoral.