Dinero

Aguinaldo Fiestas Patrias: estos son los trabajadores que no lo reciben

Este es un beneficio que se otorga en septiembre en Chile, pero su recepción depende del tipo de empleo o situación previsional de cada persona.
domingo, 10 de septiembre de 2023 · 10:22

El Aguinaldo de Fiestas Patrias es un beneficio económico que se otorga en el mes de septiembre en Chile, como parte de la celebración de las fiestas patrias. Sin embargo, es importante destacar que no todos los trabajadores tienen derecho a recibir este aguinaldo. A continuación, se detallan quiénes son los trabajadores que no tienen derecho a este pago.

En primer lugar, los trabajadores del sector privado no reciben automáticamente el Aguinaldo de Fiestas Patrias, a menos que este beneficio haya sido pactado previamente en sus contratos laborales. Por lo tanto, en el ámbito privado, la recepción de este aguinaldo puede variar según el acuerdo entre el empleador y el trabajador.

Por otro lado, quienes sí tienen derecho a recibir el Aguinaldo de Fiestas Patrias son los trabajadores del sector público. En este caso, el monto del aguinaldo se divide en dos tramos. Para aquellos trabajadores con una remuneración líquida igual o inferior a $943.703, el monto es de $81.196. Mientras que para los trabajadores con una remuneración líquida superior a $943.703, el monto es de $56.365.

Los requisitos para recibir este aguinaldo en el sector público son ser trabajador del sector público y desempeñar cargos de planta o a contrata al 31 de agosto del año correspondiente. Esto significa que quienes cumplan con estos requisitos podrán disfrutar de este beneficio en septiembre.

En cuanto a los pensionados, también tienen derecho a recibir el Aguinaldo de Fiestas Patrias. El monto para los pensionados es de $23.261, y este se incrementa en $11.933 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto. Entre los pensionados que pueden recibir este beneficio se encuentran aquellos del IPS que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), pensionados de las leyes de Exonerados Políticos, Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744, ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS), entre otros.